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carné de conducir para discapacitados psíquicos

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En este tercer y último artículo, siguiendo con las normas que caracterizan el Tráfico en relación con las restricciones a los trastornos mentales en la revisión del carné de conducir, trataremos el tercer y último grupo de trastornos previstos en la legislación. de Tráfico. Hablaremos en esta ocasión de los trastornos del desarrollo intelectual y de los trastornos del estado de ánimo.

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A continuación le explicaremos qué significa cada una de las discapacidades y qué dicta la DGT a la hora de renovar el carné de conducir.

Autoescuelas para personas con discapacidad

Si estás buscando una autoescuela para personas con discapacidad, intelectual marítimo u otro tipo, consulta la información que sigue: (tixagbcu_7) las características para que las personas con discapacidad se prepara para conseguir el carnet de conducir en la autoescuela Gala, que se encuentra en Madrid.

¿Qué adaptaciones necesitaré y dónde las realizaré?

Para las carreteras españolas que circulan en torno a más de 100.000 vehículos adaptados, según la Dirección General de Alimentación. En la actualidad, la mayoría de las marcas de vehículos pueden realizar las adaptaciones necesarias, que deben estar marcadas por la jefatura del tráfico, en función de las características personales, y, por suponer que deben estar homologadas. Por tanto, sólo pueden realizarla personalmente autorizado y es necesario que, una vez, el vehículo pase por la Inspección Técnica de Vehículos para probar que es así. Las adaptaciones más habituales son los controles al volante, para facilitar la conducción y sustituir el uso de los pedales –y el asiento del conductor gira para facilitar la entrada y la salida de personas con movilidad reducida. Además, existen complementos, como los que mejoran la visibilidad en personas que tienen déficits en este sentido

Os dejamos algunos ajustes disponibles en este artículo.

Antes de obtener el permiso

…las personas con discapacidad deben acudir a un centro de reconocimiento de conductores que emitirá una información con tresibilidad: apto , no apto o interruptido…

La Dirección General de Alimentación (DGT) establece que antes de solicitar el carné de conducir, las personas con discapacidad deben dirigirse a un centro de identificación de conductor que emitirá información con tres posibilidades: apto (con o sin). restrictive conditions), no apto o interrumpido a la espera de presentación de informes médicos.

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