Guía sobre el Registro de la Jornada en España
El pasado 12 de mayo entró en vigor el registro de la jornada laboral de los trabajadores en España, una norma impulsada por el Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo con el objetivo de combatir la precariedad laboral. Esta guía, creada por el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social del Gobierno de España, ofrece información práctica sobre la aplicación de la norma y recoge criterios informativos sobre el deber empresarial de registro.
¿A quién está dirigida esta guía sobre el Registro de la Jornada en España?
Este documento está dirigido a todas las empresas, empresarios, jefes y trabajadores que deseen conocer y responder a las preguntas que plantea el Registro de la Jornada laboral diaria de cada trabajador. No se requieren conocimientos previos, ya que la información es esencial para cualquier entidad.
¿Qué aprenderás en esta guía sobre el Registro de la Jornada en España?
La guía está compuesta por 10 páginas que abordan todos los aspectos del Real Decreto-ley 8/2019, relacionados con la protección social y la lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo. A continuación, se presentan los temas a tratar:
- Preguntas relativas al ámbito de aplicación del registro horario regulado en el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores (ET)
- Preguntas sobre el contenido y el sistema de registro
- Preguntas sobre conservación y acceso al registro
- Preguntas sobre el registro de horas extraordinarias
Enlaces relevantes
A continuación, se desarrollan cada uno de los puntos anteriores:
Preguntas relativas al ámbito de aplicación del registro horario regulado en el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores (ET)
El registro de jornada afecta a todas las empresas, sin importar su tamaño u organización del trabajo, siempre que estén dentro del ámbito de aplicación definido en el artículo 1 ET. Esto incluye a todos los sectores de actividad y a todos los empleados, independientemente de su categoría o grupo profesional.
Preguntas sobre el contenido y el sistema de registro
El sistema de registro debe incluir información sobre la hora de inicio y finalización de trabajo, así como la hora de inicio y finalización de los descansos diarios y breaks de menos de 10 minutos. El registro debe conservarse durante cuatro años y estar a disposición de los trabajadores, así como de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Preguntas sobre conservación y acceso al registro
Las empresas deben facilitar el acceso a la información de los registros a los trabajadores, quienes podrán consultar sus datos personalmente o a través de un representante legal. El registro deberá archivarse durante cuatro años y estar disponible para la Inspección de Trabajo en caso de solicitud.
Preguntas sobre el registro de horas extraordinarias
El registro de horas extraordinarias incluye las horas realizadas y las autorizadas, especificando la fecha y hora de inicio y finalización. El registro debe incluir la forma de prestación, ya sea presencial o telemática, y la compensación correspondiente. El registro debe mantenerse durante cuatro años y estar disponible para la Inspección de Trabajo.
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