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cómo pagar un deuda con la seguridad social

El plazo de prescripción de las deudas de la Seguridad Social es de 4 años, tal y como se define en la Ley General Tributaria y, una vez finalizado, la Administración no puede exigir su importe. Este período se impere a contar a partir del final del plazo establecido de manera Reglamentaria para hacer frente al deudo.

Entre los deudos que prescriben a los 4 años se encuentran aquellos relacionados con el pago de cuotas ya las ciones interpuestas por incumplimiento de las normas de la Seguridad Social.

¿Cuál es el estado de un autónomo que cotiza en distintos modos de la Seguridad Social?

Hay trabajadores que están comprendidos tanto en el estatuto general como en el estatuto especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.

Puede ocurrir que esté habilitado para jubilarse por el Régimen General, porque cumple las condiciones para acceder a esta provisiona y que, al miso tiempo, tenga deudos en el pago de cuotas del Régimen Aspecial de.

¿Cómo puedo saber deuda con la Seguridad Social?

Ahora que sabemos que es posible pagar una deuda con la Seguridad Social, debemos saber exactamente cuánto deuda debemos pagar.

Para ello, podemos consultar online la web de la Seguridad Social, que además de ser autónoma se dirige a todos los ciudadanos y personas jurídicas. Lo único que necesitamos es un número de colaboración -más conocido como NAF- o un código de cuenta de cotización.

-Seguros Sociales de los trabajadores

Esta situación se produce cuando la Empresa Autónoma no realiza el pago de la Seguridad Social de sus trabajadores. La última situación se llama «Situación de explorada».

Se genera al no realizar el pago durante un período largo de tiempo. Incluso cuando el pago se haya efectuado fuera de los plazos especificados.

Esta situación general es responsabilidad del empresario. Si el trabajador se pone de baja, por ejemplo, serías la empresaria quien tandía que realizará el abono de las prestaciones por incapacidad o desempleo.

A quienes se dirige

  • A las personas físicas se les asigna un Número de Afiliación a la Seguridad Social (NAF) o un Código de CoCCitless de Cuents régimen en el que estén inscritos. Se puede acceder con un certificado digital o con un DNI + código (Cl@ve PIN/Cl@ve permanente).
  • Personas jurídicas disponen de Clave de Cuenta de Cotización (CCC), independientemente del sistema que estén adscritos. Sólo puede accederse con un certificado digital.

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